Subasta inmobiliaria
Procedimiento público de venta de inmuebles ordenado judicial o notarialmente. Adjudicación al mejor postor a través del Portal de Subastas del BOE.
Procedimiento público de venta de inmuebles ordenado en sede judicial —ejecución hipotecaria, división de cosa común, partición— o notarial —subasta voluntaria de la Ley 15/2015—. Se publica en el Portal de Subastas del BOE y se adjudica al mejor postor que cumpla los requisitos.
Tipos
| Modalidad | Marco |
|---|---|
| Judicial | LEC, ejecución hipotecaria o cosa común |
| Notarial voluntaria | Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria |
| Administrativa | AEAT, Seguridad Social, ayuntamientos |
Precio de adjudicación
En subasta judicial de ejecución hipotecaria, el tipo mínimo es del 75% del valor de tasación (art. 670 LEC). En la práctica, las adjudicaciones suelen liquidar entre el 50% y el 70% del valor de mercado, lo que descapitaliza significativamente al ejecutado.
La subasta es siempre la peor opción económica para el propietario. Cualquier vía amistosa —extinción de condominio, venta de cuota a tercero, dación— suele dar mejor resultado neto que llegar a subasta judicial.