Protocolo notarial
Conjunto ordenado de las matrices de las escrituras autorizadas por un notario, custodiadas durante un plazo legal.
Conjunto ordenado de las matrices —documentos originales— de las escrituras y actas autorizadas por un notario en el ejercicio de su función. El art. 17 de la Ley del Notariado establece que el notario es archivero del protocolo y responsable de su custodia.
Custodia y traslado
El notario conserva el protocolo durante 25 años en su despacho. Pasado ese plazo, lo entrega al archivo notarial del distrito, donde se custodia indefinidamente. Las copias autorizadas se obtienen del notario en activo y, transcurrido el plazo, del archivo correspondiente.
Para obtener copia autorizada de una escritura antigua, identificar primero el notario que la autorizó y el año: si el protocolo aún está en el despacho del notario en activo, se solicita allí; si ha pasado al archivo, en el archivo notarial del distrito.